Funciones
1. Dirigir y orientar la elaboración y desarrollo del Programa Anual de Trabajo del Órgano Interno de Control de la Entidad.
2. Conducir las acciones correspondientes para la programación de las auditorías de control o fiscalizadoras, inspecciones o visitas de cualquier tipo a las unidades administrativas de la Entidad.
3. Evaluar y autorizar la presentación de las propuestas de mejora emanadas de las revisiones a los Sistemas de Control Interno de la Entidad, necesarias para el adecuado ejercicio de sus responsabilidades y atribuciones, que coadyuven a promover una cultura de control para la mejora administrativa y así alcanzar las metas del buen gobierno.
4. Coordinar las acciones para la formulación de los anteproyectos de programas y presupuesto del Órgano Interno de Control.
5. Autorizar las adecuaciones que conforme a la normatividad, serán necesarias durante el ejercicio del presupuesto del Órgano Interno de Control.
6. Informar periódicamente a la Secretaría de la Función Pública sobre el resultado de las acciones de control que se hayan realizado.
7. Asegurar conforme a sus atribuciones, que las áreas administrativas-financieras de la empresa apliquen los recursos conforme a las políticas dictadas por el Ejecutivo Federal.
8. Orientar las acciones para la implementación del Sistema Integral de Control Gubernamental.
9. Dirigir la operación del Sistema Integral de Control Gubernamental en la Entidad.
10. Encauzar a través de su titular del área, la integración de los resultados del seguimiento a las observaciones que se deriven de los actos de fiscalización realizados a las unidades administrativas.
11. Establecer coordinadamente con su titular del área, los mecanismos para la recepción de quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos.
12. Recibir quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos y darles seguimiento; investigar y fincar las responsabilidades que haya lugar e imponer las sanciones respectivas.
13. Proponer las alternativas para fincar las responsabilidades a que hubiere lugar e imponer las sanciones en los términos de la normatividad que en materia de responsabilidades se establece, con excepción de las que conozca la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial.
14. Constituir y calificar en el ámbito de su competencia los pliegos preventivos de responsabilidades cuando proceda o en su defecto, dispensar dichas responsabilidades en los términos de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento, salvo los que sean de competencia de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial.
15. Dictar las resoluciones en los recursos de revocación que interpongan los servidores públicos, y de revisión que se hagan valer en contra de las resoluciones de las inconformidades previstas en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, así como de aquellas resoluciones del Titular del área de Responsabilidades que impongan sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas.
16. Llevar a cabo la defensa jurídica de las resoluciones que emitan las diversas instancias jurisdiccionales en contra de la Entidad representando al titular de la Secretaría de la Función Pública.
17. Denunciar ante las autoridades competentes los hechos de que se tenga conocimiento y puedan ser constitutivos de delitos.
18. Instar al área jurídica de la Entidad a formular las querellas por hechos constitutivos de delitos.
19. Expedir las certificaciones de los documentos que obren en los archivos del Órgano Interno de Control.
20. Recibir, Tramitar y dictaminar las solicitudes de los particulares, relacionadas con la indemnización y/o reparación de daños ocasionados por servidores públicos de la Entidad.
21. Promover en la Entidad el establecimiento y difusión de procedimientos de carácter ético y programas orientados a la transparencia y el combate a la corrupción e impunidad.
22. Vigilar el cumplimiento de las normas de control que expida la Secretaría de la Función Pública y las que regulan el funcionamiento de la Entidad.
23. Asesorar a los órganos colegiados y unidades administrativas de la Entidad.
24. Aprobar la coordinación, organización y realización de las sesiones del Comité de Control y Auditoría de la Entidad de acuerdo al calendario autorizado.
25. Atender y dar seguimiento a los acuerdos y demás situaciones aplicables determinadas en las sesiones del H. Consejo de Administración y el Comité de Control y Auditoría.
26. Girar instrucciones para la requisición a las unidades administrativas de la Entidad, de la información necesaria para cumplir con sus atribuciones
27. Dirigir la implementación de los programas específicos tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los servidores públicos, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública.
28. Las demás que le atribuya expresamente el Titular de la Secretaría de la Función Pública y el Coordinador General de los Órganos de Vigilancia y Control, así como aquellas que le confieran las leyes y reglamentos.

Órgano Interno de Control
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